Análisis de las contradicciones procedimentales en la aplicación de la circular Nº 04/2016 TSJ-SP, respecto a la conciliación previa del código procesal civil
Por: Cuno Arancibia, Sandra.
Colaborador(es): Martínez Vargas, Olga Mary [Tutor].
Editor: Sucre : Universidad Andina Simón Bolívar, 2016Descripción: 51 p. ; 31 cm. + 1 CD-ROM.Título traducido: Analysis of procedural contradictions in the application of Circular No. 04/2016 TSJ-SP, regarding the prior conciliation of the civil procedural code.Tema(s): Conciliación | Derecho Procesal Civil | Conflicto SocialTipo de ítem | Ubicación actual | Colección | Signatura | Copia número | Estado | Fecha de vencimiento |
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Monografias | Biblioteca UASB - Sucre | Tesis | 00067M/2016 (Navegar estantería) | Ej. 1 | Disponible |
Universidad Andina Simón Bolívar, Sede Central Sucre (2016), Diplomado Área de Derecho Chuquisaca
Capítulo 1. Introducción,
Capítulo 2. Marco teórico,
Capítulo 3. Análisis normativo,
Capítulo 4. Conclusiones
El presente trabajo de análisis de las contradicciones procedimentales en la aplicación de la circular Nº 04/2016 TSJ-SP, respecto a la conciliación previa del código procesal civil, tiene por fin identificar las contradicciones existentes para la efectiva aplicación de la conciliación previa, promoviendo instrumentos y mecanismos para su aplicación y es así que en el capítulo primero, se ha desarrollado el nacimiento del Instituto Jurídico de la conciliación, desde que el hombre como ser social vive en comunidad con sus pares, busca por medio de sus autoridades la avenencia en sus conflictos hasta las sociedades organizadas (Estado democrático, con normas vigentes de convivencia social, busca de paz social), establece autoridades para la transigencia de conflictos establecidos en normas concretas o de manera general, a un tercero imparcial denominado Concidiador, Mediador, Juez de Paz y Hombres Buenos
The present work of analysis of the procedural contradictions in the application of the Circular No. 04/2016 TSJ-SP, with respect to the previous conciliation of the civil procedural code, aims to identify the existing contradictions for the effective application of the previous conciliation, promoting instruments and mechanisms for its implementation. Thus, in the first chapter, the birth of the Legal Institute of Conciliation has been developed, since man as a social being lives in community with his peers, seeking through his authorities the agreement in their conflicts to organized societies (democratic state, with current norms of social coexistence, search for social peace), establishes authorities for the settlement of conflicts established in concrete norms or in general, to an impartial third party known as the Consortium, Mediator, Judge Peace and Good Men
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